Sr. Beneficiario del Servicio de Salud Solidario:
El “PROGRAMA DE PREVENCIÓN DEL PACIENTE CON DIABETES (P.P.P.D.)” tiene por objetivos, construir una base de datos de pacientes con Diabetes Mellitus, ayudar a su control metabólico, fijar pautas de seguimiento-auditoria y analizar la relación costo-beneficio priorizando la calidad de la prestación.
Los tratamientos sugeridos por el médico tratante deberán fundamentarse en protocolos reconocidos por Entidades u Organismos Nacionales y/o Internacionales (A.D.A., A.L.A.D., O.P.S.-O.M.S.) y cuyas drogas se encuentren en el Vademécum del Programa de Prevención del Paciente con Diabetes y si fuese necesario, se solicitará una valoración por nuestra Consultora Especialista en Endocrinología- Diabetes del paciente y el plan de tratamiento indicado.
Los alcances del presente programa consisten en la cobertura del 100% de los medicamentos específicos, a saber: antidiabéticos orales, insulinas y tiras reactivas para automonitoreo de glucemia. Las drogas para tratamientos de excepción, que no figuren en este Vademécum, requerirán autorización previa y la cobertura será del 50%. No tienen cobertura los aparatos de medición de glucemia, lancetas, agujas ni mayor cantidad de tiras reactivas que las especificadas más adelante.
La metodología de aplicación del presente Programa se realizó con Normas Nacionales e Internacionales, la colaboración de especialistas en endocrinología-diabetes y el personal del Servicio Médico.
Metodología de aplicación del P.P.P.D.
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Para acceder a los beneficios del Programa, el beneficiario con Diabetes Mellitus retirará del Servicio de Salud el instructivo del Programa con una Ficha de Diagnóstico y Seguimiento de su enfermedad que deberá remitir a su médico tratante, quien deberá completarla con información fidedigna del diagnóstico que avalen el plan de tratamiento y seguimiento indicado y entregarla en el Servicio de Salud Solidario junto con los análisis de laboratorio iniciales con los cuales se hizo el diagnóstico de la enfermedad.
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El Servicio de Salud Solidario comunicará al beneficiario con diabetes su inclusión en el Programa, si correspondiere. Ud. deberá tener al día la ficha del P.P.P.D con los medicamentos indicados por su médico. Recuerde que esa ficha autorizada por el Servicio de Salud tiene una vigencia anual y debe ser renovada tras ese período o antes si existiera un cambio en el tratamiento.
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El asociado incluido en el programa recibirá en su domicilio trimestralmente los medicamentos y tiras reactivas sin costo, promoviendo y facilitando el control metabólico de su enfermedad. La provisión a domicilio se hará sólo si su Ficha de PPPD se encuentra al día. En caso contrario debe retirar del Servicio Médico o de los Colegios de Abogados o Delegaciones correspondientes o imprimirla de la página web una nueva ficha, la cual deberá ser completada por su médico y remitirla a este Servicio Médico para su autorización.
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Para acceder a los medicamentos, deberá hacer llegar al prestador contratado a tal fin, las recetas correspondientes para cubrir tres meses de tratamiento. Los afiliados del interior de la provincia pueden enviar las recetas por Fax a la Droguería, para ir comunicando la necesidad de provisión y después enviar por correo las recetas originales al Servicio Médico de la Caja de Abogados (27 de Abril 842 – Córdoba- CP 5000). Recordar que se deben respetar siempre las normativas de confección de las recetas: no más de dos unidades o envases del mismo medicamento por receta y que se correspondan al consumo mensual indicado por el médico de cabecera y autorizado en el P.P.P.D. Las recetas del Programa son siempre nominales, es decir, se emiten a nombre del afiliado (sea titular o familiar) que está incluido en el P.P.P.D.
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En el caso de las Tiras Reactivas el programa contempla 75 tiras por mes para el asociado que padece Diabetes tipo 1 (que usa Insulina) y 25 tiras cada dos meses para el que padece Diabetes tipo 2 (que no utiliza insulina), siempre que su médico las haya indicado.
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Para renovar el pedido de medicamentos, NO debe esperar hasta último momento. Envíe las nuevas recetas con tiempo suficiente para asegurarse la recepción de los medicamentos en tiempo y forma. Teniendo en cuenta que se le enviarán los medicamentos para un período de tres meses, el plazo de entrega de los nuevos pedidos será de 15 días como máximo desde la fecha de recepción de las recetas.
Para que los asociados titulares o familiares, tengan derecho a gozar los beneficios que otorga este Programa, el titular deberá estar al día en el cumplimiento de sus obligaciones previsionales con la Caja (artículo 13 del Reglamento del Servicio de Salud Solidario) y haber cumplimentado los plazos de carencia estipulados en el mencionado reglamento (artículo 29).